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Las implicancias del caso de Pampita y su ex empleada. @MartinF_ok

En febrero de este año, se desestimó por inexistencia de delito la denuncia formulada por la ex empleada de Pampita respecto de presuntos hechos de hostigamientos y malos tratos, ocurridos en el año 2014 y hasta agosto del año 2017.
En atención al recurso de apelación interpuesto por el abogado de la denunciante, la Cámara consideró que, sin perjuicio de que claramente no existe hostigamiento, debería investigarse la posibilidad de que el accionar de Pampita haya incurrido en una supuesta privación ilegal de la libertad.
Teniendo en cuenta que una impugnación como el recurso de apelación coarta el nivel de análisis del Tribunal que le toca intervenir, pues sólo pueden ser analizados los hechos que surgen de la sentencia atacada, lo que la Cámara le pide al juez es que se cerciore si existió una privación ilegal de la libertad entre el 2014 y hasta agosto de 2017.
Sin embargo, no podemos pasar por alto que el delito de privación ilegal de la libertad, contenido en el art. 141 CP, tiene una pena en expectativa de hasta tres años, y que la prescripción de la acción opera después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito de que se trate.
 Pasando en limpio, sin perjuicio de que Pampita ha señalado enfáticamente que tiene pruebas que permiten desacreditar los dichos de su empleada, el instituto de la prescripción impide ahondar en los hechos pues desde agosto del año 2017 ya ha transcurrido más de tres años.
Por último, y no menos importante, respecto a la presunta pérdida de un embarazo de la denunciante, generado por los malos tratos proferidos por la modelo, cabe mencionar que el derecho penal exige la prueba de una relación causal que sólo estaría presente si Pampita hubiese ejercido fuerza física sobre la gestante; y no en virtud de supuestos hostigamientos. Dolorosa que sea la pérdida de una vida en camino, los presuntos gritos o destratos –que pareciera no se acreditaron en la causa, razón por la cual se desestimó la denuncia-, no tienen como desenlace la interrupción de un embarazo.

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